Costa Rica confirmó trece femicidios en 2021. Otras 37 muertes violentas de mujeres son investigadas

Costa Rica confirmó trece femicidios en 2021. Otras 37 muertes violentas de mujeres son investigadas

Por: Hassel Fallas

Análisis y visualización de datos

El machismo y la misoginia le arrebataron la vida a, al menos, 13 mujeres en Costa Rica en 2021. Ellas fueron las víctimas de los femicidios que, hasta diciembre pasado, pudo confirmar la Subcomisión Interinstitucional de Prevención del Femicidio (ver recuadro).

Bajo investigación de esta Subcomisión todavía se encuentran otras 37 muertes violentas de mujeres cuyos informes policiales y periciales serán fundamentales, en los próximos meses, para determinar si se trató o no de un femicidio.

Debido a la gran cantidad de casos pendientes de revisión por parte del grupo de especialistas, la estadística final de femicidios del 2021 podría ser mayor, tal y como ha ocurrido en otros años.

Por ejemplo, en diciembre de 2020, el informe de la Subcomisión Interinstitucional de Prevención del Femicidio cerró con 11 femicidios confirmados. Una cifra muy por debajo de los 28 que, un año después, logró probar y clasificar como femicidios.

Con los datos hasta ahora confirmados, la cifra total de femicidios en Costa Rica es de 398 desde 2007, fecha desde la que rige la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres.

Más muertes violentas en 2020 y 2021

En Costa Rica, los femicidios -hasta ahora contabilizados- representan casi dos cuartas partes (37%) de todas las muertes violentas de mujeres. Lo anterior según estadísticas agregadas de 2014 a 2021 del OIJ y del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia del Poder Judicial. En el periodo citado ocurrieron 450 crímenes violentos de mujeres, de ellos, 165 fueron clasificados como feminicidios. 

Sobre los datos de muertes violentas de mujeres, llama la atención que los años 2020 y 2021 son dos de los años más fatídicos para las mujeres en los últimos ocho años, tal y como refleja el siguiente gráfico. 

Datos de femicidios por provincia y cantón

Si desea consultar más estadísticas y el contexto que propicia los femicidios en Costa Rica, visite el reportaje gráfico Las Silenciadas, que desde 2017 recopila información detallada por provincia y cantón.

En contexto

¿Qué es la Subcomisión Interinstitucional de Prevención del Femicidio?

La Subcomisión Interinstitucional de Prevención del Femicidio está conformada por representantes de la Fiscalía Adjunta contra la Violencia de Género, el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU), la Defensoría de los Habitantes, el Ministerio de Salud y organizaciones feministas de la Sociedad Civil. 

Cada dos meses, esta Subcomisión realiza una revisión pormenorizada de las carpetas de muertes violentas/homicidios de mujeres que ocurren en Costa Rica. El trabajo de verificación se basa, primordialmente, en  datos proporcionados por el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ). Entre la información cotejada se incluye: 

  • Avances de la investigación y el proceso penal
  • Detalles de las autopsias
  • Información pericial del OIJ 

El análisis de esos elementos, y de otros extraídos de noticias en medios de comunicación y de recomendaciones del Modelo de Protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género, permiten a la Subcomisión hacer una clasificación de los casos y reevaluar aquellos sobre los que, por distintas razones, existen dudas de si se trató o no de un femicidio. 

Dos reformas de peso para castigar el femicidio en Costa Rica

La clasificación de los feminicidas en Costa Rica incluye a cónyuges o parejas actuales, tipificado en el artículo 21 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, 2007. También a los establecidos en el femicidio ampliado bajo lo estipulado por la Convención Belén do Pará: atacantes sexuales, novios, parientes y cualquier otro que quite la vida a una mujer por su condición de género.

Sin embargo, debe considerarse que, aunque todavía no se refleja en las estadísticas de 2021, el artículo 21 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres fue reformado en 2 ocasiones el año pasado. En una primera reforma, que rige desde el 10 de junio de 2021, se estableció que el femicidio, además ocurrir en las relaciones de matrimonio y unión de hecho, puede ocurrir también dentro de relaciones de noviazgo, convivencia, de no convivencia, casual u otra análoga, aun cuando medie divorcio, separación o ruptura.

La segunda reforma del 23 de agosto, añadió el concepto de “femicidio en otros contextos” con penas de hasta 35 años de cárcel en los casos donde la persona autora se haya aprovechado de una relación o vínculo de confianza, amistad, de parentesco, de autoridad o de una relación de poder con la mujer víctima o bien, cuando el hecho ocurra dentro de las relaciones familiares de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado.

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